Los contribuyentes de Tucumán tendrán más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias. La Dirección General de Rentas extendió hasta el 30 de octubre de 2026 el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales, que contempla beneficios sobre intereses, recargos y multas.

El régimen permite regularizar las deudas vencidas y exigibles al 31 de julio de 2026 correspondientes a los impuestos provinciales. También pueden incorporarse obligaciones que se encuentran en gestión de cobro judicial.

En estos últimos casos, el plan contempla una reducción del 50% en los honorarios profesionales de los apoderados fiscales de Rentas. Además, esos honorarios podrán abonarse hasta en 12 cuotas.

La jefa de la División Asistencia al Contribuyente, Karina Delordi, explicó que el régimen alcanza a las obligaciones vencidas y exigibles al 31 de julio de 2026. También incluye intereses, recargos y multas, además de las deudas que ya se encuentran en proceso de cobro judicial.

Qué descuentos ofrece Rentas

Los beneficios varían según la modalidad y el plazo elegido para cancelar la deuda. Quienes paguen de contado tendrán una reducción del 50% de los intereses.

Para los planes que finalicen hasta julio de 2027, equivalentes a nueve cuotas o pagos parciales, la reducción de intereses será del 40%. En los casos en que el plan se extienda más allá de julio de 2027, el beneficio será del 30%.

Cuáles son los requisitos

Para acceder al régimen durante octubre, los contribuyentes deberán tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias con vencimiento desde el 1 de agosto de 2026, además de las correspondientes al mes de octubre.

En el caso de los impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados, deberán estar pagadas las cuotas de agosto, septiembre y octubre de 2026.

Los planes que se soliciten durante octubre tendrán su primera cuota o pago parcial el 16 de noviembre de 2026. El acuerdo quedará formalizado una vez realizado ese primer pago.

Cómo hacer el trámite

La adhesión al régimen se realiza de manera online a través de la página de la Dirección General de Rentas. Los contribuyentes deben ingresar a la opción “Trámites web” y contar con clave fiscal de ARCA.

Las boletas también pueden descargarse desde el sitio del organismo y abonarse con tarjeta de crédito de cualquier entidad bancaria. Para quienes necesiten asistencia, Rentas dispone de atención presencial y telefónica a través del 381-4503700, además de los canales de contacto publicados en su página oficial.

Las personas que reciban intimaciones de pago mediante el domicilio fiscal electrónico también podrán incorporar esas obligaciones al régimen. De esta manera, pueden acceder a los beneficios del plan y evitar que las deudas avancen hacia una instancia de cobro judicial.

Qué pasa con la transferencia de vehículos

Rentas recordó además que continúa vigente la denuncia impositiva de transferencia para quienes venden un vehículo. El trámite se realiza mediante “Trámites web”, con clave fiscal de ARCA.

Para completar la presentación se debe acreditar la documentación establecida por la Resolución General DGR N.º 24/06. Entre los requisitos figuran el formulario F.903, la denuncia de venta realizada ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor mediante el formulario F.11, el boleto de compraventa sellado u otra documentación que respalde la operación y el pago del impuesto hasta la fecha en que se presenta el trámite.